España y Portugal lamentan veto al aleteo de tiburón
12 junio 2013 Las delegaciones de España y Portugal «lamentan profundamente» la aprobación en Europa del veto sin excepciones al cercenamiento de las aletas de tiburón en los buques pesqueros.

Ambos estados temen que la obligación perjudique a sus flotas; las que cuentan con más licencias específicas de los 27 Miembros para realizar la práctica conocida como «finning» bajo ciertas condiciones.

"La regulación enmendada dañará gravemente la viabilidad económica de la flota palangrera de la Unión Europea, al dificultar o impedir la actividad de decenas de buques, con la consecuente pérdida de empleos", critican España y Portugal, en una declaración conjunta a la que tuvo acceso Europa Press.

Dichas excepciones permitían a la flota desembarcar las aletas y el cuerpo en puertos diferentes, algo para lo que las flotas portuguesa y española tenían licencia.

La Comisión Europea propuso acabar con todos los resquicios. Y el Consejo de ministros de la UE ratificó la medida la semana pasada con el visto bueno de la Eurocámara.

La amputación de las aletas se realiza a menudo cuando el tiburón está aún vivo. Y responde al alto valor comercial de las aletas, frente al escaso precio que se paga por la carne de tiburón, con lo que solo se aprovecha entre el 1 y el 5 % de la captura.

En su declaración, España y Portugal sostienen que sus flotas cumplen las condiciones de las licencias que se les conceden y no practican el «finning», pues no arrojan el cuerpo del animal al mar, sino que lo conservan por separado. "No hay riesgo para la sostenibilidad asociada a las capturas que se realizan de tiburones de superficie" afirman.


España y Portugal, únicos países que votaron el jueves pasado en contra del veto total, advirtieron también de que la medida no servirá para frenar el «finning» por pescadores de terceros países.

Se aprovecha solo el 5% de la captura

El «finning», por el que los pescadores amputan las aletas para conservarlas y arrojar al mar el resto del tiburón, de menor valor comercial, está prohibida en la Unión Europea desde 2003, pero la legislación preveía ciertas exenciones «en circunstancias excepcionales y bajo determinadas condiciones».
 
 
 
 
 
 

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